Ley Trans y Penas

"Cualquier hombre maltratador puede cambiarse de sexo simplemente yendo al registro para eludir las penas de la Ley de Violencia de Género."
Rotundamente falso. La Ley 4/2023 establece explícitamente que el cambio registral de sexo no altera el régimen jurídico aplicable a los delitos cometidos con anterioridad. El maltratador será juzgado como hombre.
Fuente: BOE: Ley 4/2023 (Artículo 46.3) y Código Civil. Enlace oficial: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-5366
Cenit Base
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Análisis y Datos

Blindaje penal explícito: El artículo 46.3 de la Ley 4/2023 especifica que la rectificación registral no exime de las responsabilidades jurídicas por actos de violencia previos al cambio.

Juzgados específicos: Si un hombre comete un delito de violencia machista y posteriormente cambia su sexo registral, será juzgado exactamente igual por los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.

Fraude de ley: El ordenamiento jurídico español (Artículo 6.4 del Código Civil) persigue el fraude de ley; si un juez detecta que el cambio busca eludir condenas, lo anulará.

Fuente: BOE: Ley 4/2023 (Artículo 46.3) y Código Civil. Enlace oficial: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-5366
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